El Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público determina, en su artículo 191, que las entidades que no tengan consideración de Administración Pública y sean poderes adjudicadores, en los contratos no sujetos a regulación armonizada, aprobarán las instrucciones correspondientes para la regulación de sus procedimientos internos de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, debiendo ponerlas a disposición de todos los interesados en participar en los procedimientos de adjudicación de contratos regulados por ellas, y publicarlas en el perfil del contratante de la entidad adjudicadora.
Toda la información relativa a los anuncios de licitaciones y adjudicaciones del Perfil del Contratante de la Fundación CIDETEC, se encuentra en la Plataforma de Contratación del Sector Público a la que puedes acceder aquí, especificando “CIDETEC” en el campo “Poder adjudicador”.